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Requisitos de nuestros servicios

Conozca todo lo necesario para adquirir nuestros productos y servicios.

Manos de un hombre escribiendo en una computadora portátil sobre una mesa de madera junto a una taza vacía.

Protección al ciudadano

En cumplimiento con la Ley 8220 de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos el Banco Nacional pone a disposición los formularios de productos y servicios del BNCR.

Requisitos de servicios

 

BN PYMES (BN Desarrollo)
Servicios Masivos

Ley 8220: Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos

1. Requisitos para apertura de cuentas (clientes nuevos)

Requisitos para persona física (primera vez)

Requisitos solicitantes físicos

Requisitos para persona jurídica (primera vez)

Requisitos para persona jurídica (primera vez)

2. Requisitos para apertura de cuentas de clientes que tienen otros servicios

Cliente físico Vinculado

Jurídicas Nacionales vinculados

3. Requisitos para personas jurídicas extranjeras solicitantes por primera vez

Jurídicas Extranjeras

Sobre la actualización

Se requiere que los clientes del Conglomerado Banco Nacional mantengan vigentes o actualizados al menos
la siguiente información:

  • Información personal:

  • Identificación vigente

  • Dirección del domicilio y trabajo

  • Estado civil

  • Teléfono

  • Profesión

  • Ocupación

  • Personas Jurídicas:

  • Composición accionaria

  • Representación legal

  • Dirección de la empresa

Personas Jurídicas:

  • Composición accionaria

  • Representación legal

  • Dirección de la empresa

Información transaccional:

  • Aumentos significativos en su patrón transaccional (podrían originarse por cambio de ocupación, patrono, actividad económica, entre otros)

  • Justificación por el uso de productos internacionales como Transferencias Internacionales

  • Información financiera que justifique su transaccionalidad

Requisitos para cambios de firmas (Personas Física y Jurídica)

  • El tramite debe realizarse de forma presencial en oficinas por el titular o representante legal de la cuenta.

  • Debe presentar los requisitos específicos solicitados en el Ítem "identificación" indicado en el archivo de Persona Física o Jurídica, según corresponda.

  • Para Personas Jurídicas, carta o correo electrónico con firma digital emitido por el representante legal, en el que solicita cambio de firmas y se indican los nuevos firmantes.

Notas:

  • Para el cambio de firmas, los documentos de Identificación deben estar vigentes. Para el caso de pasaportes, este debe tener el estatus migratorio vigente (eso se encuentra en el sello de migración). 

  • En el caso de las Certificaciones de Personería Jurídica, el documento debe estar vigente y haberse emitido durante los últimos tres meses.

Traducciones Autenticadas

  • Todo documento, que se presente para el trámite Oficial, deberá estar traducido al idioma español. Las traducciones deben estar acompañadas por el documento original traducido, así como firmada por el traductor oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Documentos que no fueron consularizados en el exterior (Certificación de Personería Jurídica y composición accionaria):

En el caso de documentos que se encuentren en Costa Rica y no fueron debidamente tramitados ante la Oficina Consular de Costa Rica en el país de origen, los mismos deberán venir autenticados y apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.


 

Para mayor información consúltenos al 2212-2000

Pagos Inmediatos (PIN)