|
En el año 1964, en nuestro país, al promulgarse el Código de Comercio vigente recepta o recoge la figura del Fideicomiso, que surge como una respuesta y una necesidad, ante el crecimiento económico experimentado a partir de los años sesenta, como consecuencia de la aplicación de las teorías y lineamientos, que en materia económica había difundido la Comisión Económica para América Latina “CEPAL”.
En el año de 1971, cuando los Bancos Comerciales del Estado, titulares absolutos de la actividad bancaria en Costa Rica, conscientes de la importancia del Fideicomiso, como negocio bancario, promueven ante la Asamblea Legislativa una reforma de ley, que les permitiera constituirse en fiduciarios y que viniera a considerar de una vez por todas, la figura del fideicomiso. Dado lo anterior, por la Ley 4861 del 19 de octubre de 1971, se incorpora el numeral 7) al artículo 116 de la Ley Orgánica del Sistema Bancaria Nacional, facultando a los Bancos para la administración de Contratos de Fideicomisos.
Preciso es señalar que el pionero en la constitución de Fideicomisos, lo fue el Banco Nacional de Costa Rica, en el año 1971, constituyéndose desde entonces en la entidad líder del mercado Fiduciario Nacional. A través de estos treinta y ocho años de servicio hemos demostrado a nuestros estimables clientes que la administración de bienes o derechos es una excelente opción financiera, de gran beneficio para sus intereses y expectativas comerciales, personales, familiares e institucionales.
|